La NOM-161-SEMARNAT-2011 es la norma oficial mexicana que establece los criterios para clasificar los residuos de manejo especial, incluyendo los residuos electrónicos, y determina qué empresas deben presentar un plan de manejo. Las empresas que generan residuos electrónicos están obligadas a disponerlos a través de gestores autorizados y mantener documentación de trazabilidad para demostrar cumplimiento ambiental.
Entender esta norma es esencial para cualquier empresa en México que maneje equipo electrónico, especialmente maquiladoras y corporativos sujetos a auditorías ambientales.
Es la Norma Oficial Mexicana emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) que establece los criterios para clasificar los Residuos de Manejo Especial (RME) y determina cuáles requieren un plan de manejo.
Los residuos electrónicos (computadoras, servidores, dispositivos) entran en esta categoría. La norma busca asegurar que estos residuos se manejen sin dañar el ambiente ni la salud.
Están sujetas a la norma las empresas que generan residuos electrónicos por encima de ciertos volúmenes, especialmente:
Determina qué residuos electrónicos genera tu empresa y en qué volumen.
Si superas los umbrales, presenta un plan de manejo de residuos de manejo especial.
Dispón los residuos a través de una empresa autorizada que cumpla la norma.
Conserva certificados que demuestren la disposición responsable para auditorías.
El incumplimiento de la normativa ambiental puede derivar en:
Aplica a las empresas que generan residuos de manejo especial por encima de ciertos volúmenes. La mayoría de empresas industriales y maquiladoras están sujetas.
El certificado de disposición/reciclaje emitido por un gestor autorizado, que documenta la trazabilidad del residuo.
Un gestor profesional puede demostrar su cumplimiento de la NOM-161 y emitir certificados válidos para auditorías.
Sí. La documentación de disposición responsable de residuos electrónicos fortalece los reportes de sostenibilidad corporativa.
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